Solicitud de autorización de terrazas

La puesta en marcha de la Ley 42/2010, de 30 de Diciembre, conocida como “ley antitabaco” provocó un cambio de hábitos de los fumadores como principales usuarios de las terrazas.

La instalación de terraza de veladores está sujeta a la autorización por parte del Ayuntamiento de la localidad, sin que la concurrencia de los requisitos necesarios para la ocupación otorgue derecho a la concesión, al tener esta un carácter discrecional.

Para poder solicitar esta autorización el titular de la actividad del establecimiento principal ha de disponer de licencia de funcionamiento del mismo.

Junto con la licencia de funcionamiento se ha de presentar un conjunto de planos definidos en la normativa municipal en el que se verifique el cumplimiento de la misma y en el que se detalle los elementos y mobiliario de la terraza.

Desde ABSTRAC nos encargamos de gestionar la totalidad de documentación necesaria para la solicitud de autorización de su terraza de veladores, la modificación de la misma para adaptarse a nueva normativa, cerramientos, elementos separadores y modificaciones de periodos de funcionamiento.

Si quiere darle a su negocio un toque de distinción, elegancia, una imagen de marca, confíe en el equipo de diseño especializado en terrazas de veladores de ABSTRAC que hará de ese espacio un verdadero hogar.

Elaboración del proyecto

Realizamos todas las gestiones necesarias para obtener la autorización de su terraza de veladores

Diseño de su terraza

Diseño especializado en cerramientos de terrazas de veladores
Preguntas Frecuentes sobre terrazas y veladores
Si ya dispongo de licencia de funcionamiento para la actividad de hostelería o restauración, ¿puedo solicitar autorización de terraza?
Puede solicitar autorización para la instalación de una terraza el titular de la licencia del establecimiento principal, siendo preceptivo que disponga de la licencia de funcionamiento o título habilitante para el ejercicio de la actividad, o que en el momento de realizar la solicitud hayan transcurrido los plazos y se acrediten las condiciones establecidas en la normativa municipal reguladora para entenderla concedida por silencio administrativo.
Me ha llegado una notificación del Ayuntamiento de Madrid para adaptar mi autorización de terraza de veladores a la nueva Ordenanza ¿tengo que presentar un nuevo proyecto?
Según la Disposición transitoria única de la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración del Ayuntamiento de Madrid, los titulares de las autorizaciones de las terrazas que incumplan las condiciones estipuladas en el título I, deben presentar una nueva solicitud en los términos de la ordenanza en el plazo de tres años desde su entrada en vigor. Esto significa que antes del 8 de Agosto del 2.016, se deberá presentar la nueva documentación: plano de situación, plano de detalle, período solicitado...